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DERECHOS


12abr03


Declaración conjunta sobre el Tratado de Libre Comercio propuesto entre Estados Unidos y Chile.


La Alianza Chilena por un Comercio Justo y Responsable (ACJR) y la Alianza para un Comercio Responsable de Estados Unidos (ART por sus siglas en ingl�s), declaramos nuestra profunda preocupaci�n y desilusi�n con los resultados de las negociaciones para establecer un tratado de libre comercio entre nuestros pa�ses.

Si bien no nos oponemos a la integraci�n econ�mica como tal, insistimos que ella debe servir para promover el desarrollo equitativo y sustentable para los pa�ses involucrados. Nos preocupa que este acuerdo bilateral, en vez de servir a ese objetivo, simplemente replique en muchos aspectos los t�rminos del fracasado Tratado de Libre Comercio de Am�rica del Norte (TLCAN) y el Tratado de Libre Comercio Chile-Canad�. Como �stos, el TLC Chile-EE.UU. puede ser desastroso para la equidad social, econ�mica y de g�nero, con un impacto negativo en temas tan sensibles como el empleo, salarios y el medio ambiente, de ambos pa�ses.

La aplicaci�n de un tratamiento similar - o rec�proco - entre pa�ses profundamente diferentes, provocar� presiones para rebajar salarios y precarizar a�n m�s el empleo, con efectos particulares para las mujeres. En el caso de Chile, en vez de proporcionar mayor acceso a mercados y diversificar la oferta exportadora, simplemente reforzar� el patr�n exportador basado en materias primas y recursos naturales, con poco valor agregado. Esta estrategia, implementada por m�s de dos d�cadas, ha significado una mayor injerencia de las compa��as transnacionales en �reas estrat�gicas del pa�s y una disminuci�n del rol del Estado en las pol�ticas p�blicas.

El TLC ha sido presentado como un acuerdo comercial, relacionado al comercio de bienes. Sin embargo, tambi�n brinda garant�as para la libre circulaci�n y protecci�n de los capitales e inversiones estadounidenses, porque trasciende los fines exclusivamente econ�micos, abarcando tambi�n los intereses pol�ticos. De este modo, se sienta un precedente para las futuras negociaciones con otros pa�ses de Am�rica Latina y el Caribe, base para un mayor dominio de las Empresas Transnacionales estadounidenses.

En este contexto, nos preocupan en particular los siguientes temas:

Inversiones: Si bien, es necesario crear mecanismos de regulaci�n a las inversiones extranjeras, particularmente estadounidenses, el acuerdo entre EEUU y Chile incluye virtualmente el mismo mecanismo de "inversionista-Estado", que el TLCAN. Este elemento, permite a los inversionistas extranjeros reclamar compensaciones por leyes de inter�s p�blico, que ponen en peligro sus posibles ganancias. Unas 27 demandas de esta naturaleza han sido presentadas bajo el TLCAN, muchas de las cuales fueron recusaciones a las leyes locales de salud p�blica y medioambiente.

No obstante que el acuerdo supone mayor transparencia en estos casos, hay aspectos fundamentales no resueltos: a pesar de las instrucciones del Parlamento a los negociadores estadounidenses, en el acuerdo prevalecen los derechos de los inversionistas extranjeros por sobre los inversores locales. As�, los primeros podr�n evitar eventuales demandas por indemnizaci�n, debido a sus mayores prerrogativas, respecto de los inversionistas nacionales, ya sean p�blicos o privados.

Control de Capitales: Con la eliminaci�n del mecanismo de �encaje', exigido por la administraci�n Bush, el acuerdo bilateral impide al gobierno chileno, utilizar ese tipo de controles, para enfrentar eventuales situaciones de emergencia. Este fue un factor clave para proteger la econom�a nacional de la crisis del peso mexicano, en 1995.

Contrariamente, el TLC estipula el derecho del inversionista extranjero a demandar indemnizaciones, hasta un a�o despu�s de la implementaci�n de la medida, agregando una presi�n adicional, que permite retrasar cualquier control sobre la fuga de capitales.

Servicios: los Servicios de salud, educaci�n y telecomunicaciones se abrir�an a la inversi�n extranjera bajo las condiciones del trato nacional. Es decir, se tratar� a las inversionistas extranjeros en forma similar o no menos favorable, que a sus pares locales, p�blicos o privados.

Como el acceso a los recursos de las compa��as transnacionales, es muy superior al de las empresas chilenas, un trato rec�proco entre contrapartes desiguales, provocar� probablemente una mayor concentraci�n de recursos en los sectores m�s lucrativos y dificultar� el acceso de los consumidores a precios razonables.

El acuerdo tambi�n permitir� a las empresas financieras invertir y manejar el sistema de pensiones (AFP) chileno, ya privatizado. En ese sentido, el reciente descenso de las cotizaciones en la bolsa estadounidense y sus impactos en Estados Unidos, es un mal presagio para los chilenos.

Propiedad Intelectual (TRIPS): El TLC claramente busca instalar y hacer avanzar los nuevos temas de la OMC, por ejemplo, nuevos compromisos en los derechos de propiedad intelectual. Actualmente, Chile est� ajustando su legislaci�n nacional de propiedad intelectual a los compromisos suscritos ante la Organizaci�n Mundial del Comercio (OMC), es decir, los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (TRIPS).

Una vez concluidos los tr�mites legislativos de los proyectos que existen en esta materia, Chile quedar� con un nivel de protecci�n de los derechos de propiedad intelectual superior a lo suscrito en el TRIPS. Chile aplicar�a un r�gimen de "TRIPS plus", bajo el cual las patentes se extender�an m�s tiempo de los veinte a�os m�nimos acordados en aquel tratado.

Estas, y otras medidas en el TLC Chile-EEUU socavar�n los acuerdos y compromisos que aparecen en la Declaraci�n de Doha, referente a la salud p�blica y los derechos de propiedad intelectual, bajo la cual los miembros de la OMC acordaron que las protecciones de las patentes, no deben prevenir que pa�ses miembros tomen medidas para proteger la salud p�blica.

El acuerdo de Esta declaraci�n, reafirm� el derecho de los pa�ses a producir versiones gen�ricas de medicamentos esenciales, en casos de emergencias de salud p�blica. Sin embargo, la reciente legislaci�n chilena en la materia, restringir�a la concesi�n de licencias obligatorias, m�s all� de lo previsto en el TRIPS, limitando las excepciones que facilitan la introducci�n r�pida de medicamentos gen�ricos.

Adem�s, el acuerdo entre EEUU y Chile, otorga nuevos derechos a las compa��as farmac�uticas, al requerir a los gobiernos, que esperen cinco a�os antes de permitir que quienes producen los medicamentos gen�ricos, tengan acceso a sus datos de prueba. Esto, podr�a conducir a retrasos innecesarios y potencialmente devastadores en la producci�n de medicamentos accesibles con precios razonables.

Bajo este acuerdo, la propiedad intelectual tambi�n se define como una forma de inversi�n y como tal, significa que eventuales controversias en la materia estar�an sujetas al mecanismo inversor-estado, anteriormente descrito.

Hasta la fecha, no se han realizado estudios del impacto que podr�an tener tales exigencias sobre la salud p�blica. Cabe se�alar, que en casos como Chile, la Organizaci�n Mundial de la Salud (OMS), recomienda evitar la aprobaci�n de una legislaci�n m�s estricta que las provisiones en el TRIPS, para asegurar que tales medidas favorezcan y no empeoren la salud p�blica, ya deteriorada por las continuas privatizaciones y mercantilizaci�n del sector.

Compras del Sector P�blico: El TLC no faculta a gobiernos locales o nacionales a considerar criterios "no-comerciales" para conceder contratos para compras del sector p�blico. Esto significa que se les prohibir�a dar preferencias, para lograr objetivos sociales o de desarrollo, a empresas con buenas pr�cticas ambientales o insistir que los contratistas paguen a los trabajadores un salario digno.

Trabajo y Medioambiente: Pese a que el tema laboral est� mencionado al interior del texto (y no como anexo), los supuestos beneficios quedan relativizados, ya que en el TLC se se�ala que los gobiernos chilenos y estadounidenses deben respetar las leyes laborales y ambientales respectivas. Con ello, se desconocen en la pr�ctica las normas y derechos laborales reconocidos internacionalmente, lo que no asegura que los t�rminos del acuerdo comercial no contradigan los compromisos adquiridos bajo acuerdos internacionales del medioambiente.

G�nero: El texto del TLC Chile-EEUU omite la necesidad de incluir aspectos de g�nero bajo sus prioridades. Estos incluir�an medidas para asegurar el mejoramiento en los est�ndares de vida de las mujeres; e igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en ambos pa�ses. Ello, al igual que la necesidad de establecer regulaciones referentes al g�nero y al cumplimiento de compromisos internacionales, particularmente, la Convenci�n contra toda forma de discriminaci�n de las mujeres, de las Naciones Unidas y el Plan de Acci�n de Beijing.

Lo anterior, es especialmente importante, porque los costos de la liberalizaci�n del comercio y la aplicaci�n y profundizaci�n de las reglas de la OMC, han significado graves problemas de inequidad en el empleo productivo y reproductivo de las mujeres, as� como en la falta de acceso a servicios b�sicos para hombres y mujeres, con repercusiones particulares para las mujeres pobres de ambos pa�ses. En este sentido, el TLC no presenta un marco para la sustentabilidad del medioambiente, social ni de g�nero.

Participaci�n P�blica: En el Plan de Acci�n de la Cumbre de las Am�ricas de Qu�bec, los gobiernos de Estados Unidos y Chile, junto a otros pa�ses del hemisferio, se comprometieron a mejorar la transparencia y la participaci�n p�blica en las negociaciones comerciales. Contrariamente, los procedimientos hasta ahora utilizados han prescindido de las m�nimas normas de transparencia establecidas en las negociaciones del ALCA.

Lo concreto, es que hasta la fecha se han publicado dos borradores del ALCA, pero los gobiernos de Estados Unidos y Chile se han negado a darlos a conocer a la opini�n p�blica de ambos pa�ses. Asimismo, no se han establecido mecanismos para incorporar de manera vinculante las perspectivas de la sociedad civil. Si bien, una versi�n del acuerdo en ingl�s fue publicada hace una semana � unos cuatro meses despu�s de concluidas las negociaciones � todav�a no se ha divulgado ninguna versi�n en espa�ol.

En base a lo anterior, sostenemos que:

Para promover un desarrollo justo y sostenible, cualquier acuerdo debe proveer la participaci�n activa de los sectores afectados de la poblaci�n en la negociaci�n, implementaci�n y evaluaci�n del acuerdo resultante. Las y los ciudadanos en todos los pa�ses tienen el derecho de participar en las decisiones que afectan sus vidas, algo que ha sido negado hasta ahora en las negociaciones de este acuerdo, que s�lo significar� una mayor desregulaci�n del comercio y las inversiones extranjeras, con los impactos que hasta ahora esta estrategia ha mostrado en diversos pa�ses de las Am�ricas.

Los Presidentes Bush y Lagos no deber�an firmar este tratado, hasta que exista evidencia que los derechos y perspectivas de los pueblos chileno y estadounidense, han sido efectivamente incorporados en el acuerdo final. Al menos, no deben suscribirlo en el nombre de los ciudadanos y ciudadanas de ambos pa�ses.

Suscriben la carta:
La Alianza Chilena para un Comercio Justo y Responsable (ACJR) y la Alianza para un Comercio Responsable de Estados Unidos (ART)
Santiago de Chile, 12 de abril de 2003

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Este documento ha sido publicado el 30abr03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights